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La Resolucion
Aprobada por el Condado de Prince William, Virginia el 10 de Julio, 2007.

Resolución tomada el 10 de julio del 2007
Por los supervisores del Condado de Prince William

Mientras el Código de Virginia en sección 15.2-1700, dice que cualquier localidad puede proveer protección para sus habitantes y propiedad para la preservación de la paz y el orden; y

Mientras el Código de Virginia en sección 15.2-1200, dice que cualquier condado puede adoptar medidas como crea necesarias para asegurar y promover la salud, seguridad y el bienestar general de sus habitantes que no sean inconsistentes con las leyes generales del estado de Virginia; y

Mientras los supervisores del condado de Prince William creen que la inmigración legal ha sido beneficiosa para el condado y el estado de Virginia, ha enriquec i do a un sin numero de comunidades a través de la nación y es la fundación principal en la cual nuestra sociedad es construida; y

Mientras los supervisores del condado de Prince William ha determinado que la inmigración ilegal esta causando destreza económica y desgobierno en este condado y que la inmigración ilegal puede ser animada por las agencias publicas en el condado por no verificar el estatus como una condición para rendir servicios públicos.

Ahora, por estas razones, esta resuelto que los supervisores del condado de Prince William manda al departamento de policía de Prince William a cambiar la Orden General 26.05;

Además resuelven los supervisores del condado de Prince William que reafirman a la policía del condado con respecto adherir a las leyes federales y manda al departamento de policía de Prince William y a los empleados de dicho condado:

Durante cualquier incidente donde se detenga un individuo por violación de leyes estatales o leyes del condado el oficial de policía preguntara sobre el estatus legal de tal persona sí hay probabilidad “probable cause” para creer que dicho detenido esta en violación de leyes federales de inmigración y cuya detención no será extendida. Durante una detención en la cual el individuo indique que no es ciudadano o que no esta legalmente en los Estados Unidos, según el código federal 8, subsección 1373 (c) el oficial verificara el estatus legal del detenido. En los casos que el detenido sé compruebe que esta ilegal en los Estados Unidos el departamento de polic í a cooperara con las autoridades federales de inmigración para detener o transferir a dicho ilegal a custodia federal.

Por lo ya mencionado el departamento de Policía del condado de Prince William consistente con las practicas y procedimientos deben que establecer determinar que es “probable cause” en tales casos; y

  • como verificar la presencia legal en los Estados Unidos en dichos casos. El departamento de Policía del condado Prince William debe reportar como implantar dicha orden en 60 días.

El Departamento de Policía del condado tiene que lo antes posible entrar en acuerdo con Homeland Security de los Estados Unidos según código 8 subsección 1357 (g); designar oficiales calificados para cumplir y actuar como un oficial federal de inmigración; incorporar entrenamiento y autorización para un Centro de Detención; y establecer medidas para transferir a custodia federal a un confirmado ilegal. El Departamento de Policía puede negociar el acuerdo o participar con la implementación cooperativa con otras agencias estatales o locales.

Excepto donde esta prohibido por leyes federales o estatales, ni un oficial, ni empleado o agente del condado incluyendo a oficiales de polic í a se les puede prohibir ni restringir de enviar, recibir, o mantener, información obtenida legalmente acerca del estatus de inmigración legal o ilegal, de cualquier individuo, o intercambiar dicha información con cualquier agencia federal, estatal o local para los siguientes objetivos:

Determinar la elegibilidad de cualquier beneficio federal, estatal, o local; servicio o licencia cual es restringida en su totalidad o en parte a personas quienes no son ciudadanos o inmigrantes que no califican según el código de Virginia 32.1-325.03; 63.2-503.1; y el código federal titulo 8 sección 1621;

    • Verificar el estatus legal cuando es necesario dicho estatus para estar presente en el condado según las leyes federales, y cuya legalidad es requerida por ley o contrato.

El Ejecutivo del condado tiene 90 días para proveer a los supervisores un reporte de la autoridad y condiciones legales bajo los cuales provee beneficios y servicios a los residentes locales.

El reporte asistirá a los supervisores a identificar:

Cuales beneficios se tienen que proveer a los residentes del condado sin importar su estatus de inmigración por ley estatal o federal;

      • Cuales beneficios no se pueden proveer a los residentes del condado cuya presencia es ilegal en este país según las leyes estatal o federales;
      • Sobre cuales beneficios tiene discreción el condado a requerir presencia legal para dichos beneficios o servicios. Este reporte debe identificar cómo implementar la estrategia de pedir estatus legal para aquellos servicios sobre cuales tiene el condado la discreción en negarlos a aquellos individuos que no tienen estatus legal.

Lo antedicho se implementara de una manera completamente consistente con las leyes federales que velan sobre inmigración y protegiendo los derechos civiles de todo ciudadano y inmigrante. No se debe tomar lo antedicho como el prohibir los servicios de emergencia medica o cualquier otro beneficio mandado por leyes federales o estatales o reportar algún crimen o actividad criminal a cualquier agencia legal.

Además resolvemos que los supervisores del condado de Prince William enviara una carta al Congreso, al Presidente de los Estados Unidos y al Governador de Viriginia en la cual se les da a conocer de esta resolución y pidiendo una reforma significante de inmigración, cual incluya asegurar las fronteras de los Estados Unidos para prevenir la entrada ilegal al país.

 
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